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RESUMEN DEL FALLO VENTURA

En el caso "Ventura" la Corte se aparta de su jurisprudencia anterior y establece como nueva regla que el allanamiento realizado sin orden judicial es inválido.


(Resuelto el 22/02/2005)

Hechos:
La Aduana allanó sin orden judicial una oficina en el microcentro de la Ciudad de Buenos Aires.,

El procedimiento fue el siguiente: tres inspectores se presentaron en este domicilio y fueron atendidos por una persona -que no era el imputado- quien, manifestó no tener inconveniente en que accedieran al lugar. Del acta no surgía cuales eran los motivos por los que estos inspectores se habían presentado en ese domicilio y por los que solicitaban ese consentimiento.

El imputado V. Ventura, junto con otras personas que se encontraban en el domicilio, firmó el acta del procedimiento.

Cuando declaró ante el juez, Ventura también ratificó esa acta.

Pero cuando fue condenado, Ventura apeló la sentencia sosteniendo que la prueba de cargo obtenida en ese allanamiento no podía ser usada en su contra. Ventura alegó que según la Constitución Nacional el allanamiento debe ser realizado conforme a la ley y que la ley procesal establece que el allanamiento debe ser realizado con orden judicial.

Decisión de la Corte:
La Corte Suprema acogió el planteo de Ventura y declaró inválido el allanamiento del domicilio porque había sido realizado sin orden judicial.

De este modo, ante la falta de orden judicial, consideró irrelevantes tanto el consentimiento brindado por la persona que atendió a los inspectores como la ratificación del imputado de ese procedimiento realizada al firmar el acta de allanamiento y al prestar declaración (Voto de los jueces Petracchi, Fayt, Boggiano, Maqueda, Zaffaroni, Highton de Nolasco. Belluscio en disidencia).

El juez Belluscio votó en disidencia. Para este juez era aplicable la jurisprudencia de la Corte según la cual el allanamiento sin orden judicial es válido cuando medió consentimiento válido para su realización.

Esta decisión constituye un leading case porque la Corte se aparta de su jurisprudencia anterior y establece como nueva regla que el allanamiento realizado sin orden judicial es inválido.

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