Resumen Caso “Cofre de Vaca Narvaja"
(Resuelto el 14/10/2004)
En el caso "Vaca Narvaja" la Corte por primera vez resolvió que quienes durante la última dictadura militar debieron exiliarse para salvar su vida, tienen derecho a recibir una indemnización.Hechos
La familia Vaca Narvaja se exilió como consecuencia del asesinato de dos de sus miembros, y luego de haber recibido asilo político en la embajada de México en Buenos Aires por las amenazas de muerte recibidas.
Posteriormente, solicitó que se le otorgara la indemnización prevista por la ley 24.043.
El caso llegó a la Corte para que resolviera si les correspondía o no recibir esta reparación económica.
Decisión de la Corte
La Corte nunca había decidido que la ley 24.043 se aplicaba a quien se hubiera exiliado sin haber estado previamente detenido o sin haber sido expulsado del país. Sin embargo, en 2004, en el caso “Vaca Narvaja” la Corte cambió de criterio. El máximo tribunal por unanimidad consideró que la ley 24.043 sí amparaba a quien, ante un riesgo probado a su vida e integridad física, había tenido que exiliarse del país. En consecuencia, éstas personas merecían recibir la indemnización prevista por la ley. (Voto de los jueces Petracchi, Belluscio, Fayt, Maqueda, Zaffaroni, Highton de Nolasco y Boggiano) .
Para la resolución de este caso, la Corte estimó que el objetivo de todas las leyes de reparaciones era compensar a quienes habían visto desconocidos sus derechos a la vida, integridad física y -en particular para la ley 24.043- a la libertad. Por lo tanto, resultaba decisivo evaluar si el exilio de Vaca Narvaja y su grupo familiar había constituido una restricción a su libertad física directamente causada por el terrorismo de Estado. El máximo tribunal resolvió que ello había sido así, porque Así, la Corte determinó que la familia Vaca Narvaja debía recibir la reparación prevista por la ley 24.043.
-----
No hay comentarios:
Publicar un comentario