Caso “Asociación Esclerosis Múltiple de Salta c/Ministerio de Salud”
(Resuelto el 18/12/2003)
Ficha resumen
En el caso "Asociación Esclerosis Múltiple de Salta" la Corte Suprema aseguró el derecho de las personas que padecen esta enfermedad a recibir el tratamiento médico que necesitan.
Hechos
- La “Asociación Esclerosis Múltiple de Salta” -constituida para proteger los derechos de las personas que padecen esa enfermedad- presentó un amparo contra una disposición del Ministerio de Salud de la Nación que modifico el programa médico obligatorio y que interrumpía la provisión de remedios a personas con esclerosis múltiple y síndrome desmielizante, porque excluía a pacientes que no hubieren tenido brotes en los últimos dos años o padecieran síndrome desmielinizante aislado esta clase de enfermedad.
- El organismo argumentaba que había ordenado el cese de la entrega de medicamentos porque producían serios efectos colaterales, y en ocasiones eran aplicados incorrectamente a personas que en realidad sufrían otras enfermedades.
- Disconforme con las decisiones judiciales que habían hecho lugar al amparo, el Ministerio de Salud llevó el caso a la Corte Suprema.
Decisión de los tribunales inferiores
La Cámara Federal de Apelaciones de Salta confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo y declaró la nulidad de la resolución cuestionada.
Fundamentos de la demandada
Contra esa decisión, el Ministerio de Salud presentó un recurso extraordinario –y posterior queja en lo que fue denegado-, en el que sostuvo que:
- El tribunal de alzada resolvió en base a consideraciones que carecen de rigor científico, ya que la limitación del medicamento se hace en aras de garantizar la protección de la salud, al no autorizar tratamientos innecesarios frente a la inexistencia de un diagnóstico certero.
- Alegó que la asociación no estaba legitimada para actuar y no acreditó un caso individualizado, estimando aplicable la doctrina de la Corte Suprema de Justicia que determina la inexistencia de “causa” o “caso” cuando se procura la declaración genérica y directa de inconstitucionalidad de un acto de otro poder.
- También atacó la legitimación del Defensor del Pueblo.
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