RESUMEN FALLO OHARRIZ
Caso “Oharriz, M. J. c/ M.J y DD HH ley - 24.411 -resolución 111/90”
(Resuelto el 26/08/03).
En el caso "Oharriz" la Corte reconoció el derecho a la verdad de una víctima del terrorismo no estatal.
Hechos
Durante la última dictadura militar, M. J. Oharriz, de 42 años, se desempeñaba como gerente de la metalúrgica METCON (proveedora de Ford Motor Argentina) en la localidad santafesina de Villa Constitución, cuando un atentado que se atribuyó la agrupación peronista Montoneros terminó con su vida.
Con el objetivo de hallar a los responsables, su hijo, M. J. Oharriz, solicitó ante la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Nación toda la información en poder del Estado relacionada con la muerte de su padre.
Decisión de la Corte
La Corte Suprema resolvió positivamente su pedido (Voto de los jueces Petracchi, Belluscio, Moliné O´Connor, Boggiano, López y Maqueda). El máximo tribunal estimó que el habeas data era procedente para que el demandante pudiera satisfacer su “derecho a la información objetiva, esto es, a conocer -y a reclamar- todos los datos que existieran respecto del homicidio de que fuera víctima su padre () ante las autoridades judiciales y administrativas que correspondan”. Los jueces consideraron que de esta forma el Estado podría satisfacer el derecho de Oharriz a conocer la verdad y cumplir con el deber ético de ser solidario con las víctimas.
La trascendencia de este caso está dada en que la Corte extiende el derecho a la verdad a los familiares de las víctimas del terrorismo no estatal. Esta ampliación implica que, en el futuro, podrían beneficiarse todas las personas cuyos familiares sean víctimas del accionar ilícito de las fuerzas de seguridad o de cualquier otra circunstancia que implique una violación de sus derechos humanos fundamentales.
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