Manauta c/embajada de la Federación Rusa

Resumen del fallo Manauta.

En este caso de 1994, la Corte modifica su propia jurisprudencia respecto a la inmunidad de jurisdicción, dejando de lado a postura clásica o absoluta y recepcionando la tesis relativa o restringida adhiriendo a la evolución producida en el campo del derecho internacional.

la aplicación de la teoría de la inmunidad restringida, permitió que los tribunales argentinos ejerzan jurisdicción sobre Estados extranjeros en casos de actos de gestión. Esto abrió la puerta a una interpretación más moderna y alineada con el derecho internacional contemporáneo.

El dictado de este fallo motivo que, el Congreso en 1995, sancionara la ley 24.488 de Inmunidad de Jurisdicción de los Estados extranjeros ante los tribunales argentinos. Alineándose con la práctica internacional moderna que diferencia entre actos de imperio y actos de gestión, y limitando la inmunidad de jurisdicción de los Estados extranjeros.


Caso "Manauta c/embajada de la Federación Rusa (1994) Inmunidad de Estados extranjeros.


Manauta y otros demandaron a la Embajada Rusa los daños y perjuicios que les habría irrogado el incumplimiento de las obligaciones en materia de aportes previsionales, sindicales y asignaciones familiares, a cargo de la demandada.

En Primera Instancia, basándose en el decreto-ley 1285/58, se sostuvo que no se daría curso a una demanda contra un Estado extranjero, sin que previamente éste diera su consentimiento para ser sometido a juicio. En consecuencia, el Tribunal pidió el consentimiento, pero el Gobierno de Rusia no contestó, entendiendo el magistrado este silencio como una negativa tácita a someterse a la jurisdicción, con lo que siguiendo la postura de la inmunidad absoluta, decidió reconocer la inmunidad de la Embajada y declarase incompetente para entender en el asunto.

Manauta apeló, la Cámara confirmó el pronunciamiento de primera instancia que consideraba que la justicia federal era incompetente, por lo que interpuso recurso extraordinario, el cual le fue concedida.

La Corte Suprema hizo lugar al pedido de Manauta basándose en ciertos puntos:
a) No intervención: un Estado no puede intervenir en asuntos internos de otro
b) Teoría restringida de la inmunidad de Estados extranjeros: para que un Estado tenga inmunidad frente a otro, el demandado tuvo que haber actuado como soberano. Pero en este caso no se trataba de un acto de gobierno sino de una obligación laboral y previsional cuyo incumplimiento daba lugar al pedido de daños y perjuicios, por tanto no correspondía aplicar el decreto-ley 1285/58.

En síntesis: No hay inmunidad de jurisdicción ante un reclamo por incumplimiento de obligaciones laborales y previsionales por parte de una embajada.
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¿Qué sucedía antes del fallo Manauta?


Antes de este fallo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) generalmente sostenía la inmunidad absoluta de los Estados extranjeros, sin considerar la naturaleza de los actos realizados por ellos, incluso si eran de gestión y no de imperio.

algunos de éstos fallos son:

1. Zubiaburre, José v. Embajada de Bolivia (1899): Determinó que no correspondía a la jurisdicción originaria de la Corte la demanda contra un Estado extranjero.

2. Baima y Bessolino v. Gobierno del Paraguay (1916): Demandas por desalojo de un local de Embajada no correspondían a la jurisdicción originaria de la Corte.

3. Fisco Nacional v. Monez Cazón (1916): La citación de un diplomático no implicaba traer a juicio al gobierno extranjero.

4. Romay, Antonio v. Royal Commission on Wheat Supplies (1921): Se reconoció el carácter de persona jurídica extranjera de la demandada, permitiendo ser llevada a juicio por acciones civiles.

5. Ibarra y Cia. v. Capitán del Vapor Español Ibaí (1937): La Corte sostuvo que un Estado extranjero podía rechazar ser sometido a la jurisdicción argentina.

6. Townshend de Briochetto v. Oficina Comercial del Canadá (1949): La Corte concluyó que carecía de competencia originaria en una demanda laboral.

7. Suárez de Solares v. Estado de Turquía (1964): Caso de desalojo donde se discutió la competencia de la jurisdicción argentina.

8. Roldán v. Embajador de Vietnam del Sur (1974): La Cámara sostuvo que no había fundamento para restringir la jurisdicción laboral.

9. Maclean v. Gobierno de EE.UU. (1975): La Corte sostuvo que un Estado no puede ser sometido a la jurisdicción de otro en contra de su voluntad.

10. Gómez v. Embajada Británica (1976): Se reafirmó la inmunidad de jurisdicción de la Embajada británica.

11. López v. Embajada de Francia (1976): La Corte admitió la inmunidad de jurisdicción de la Embajada de Francia.

12. Protexin Americana v. Boulharouf (1979): La Corte decidió que no correspondía su jurisdicción originaria.

13. Compañía Arenera del Río Luján v. De Castro (1992): Se reconoció la inmunidad de jurisdicción de un buque de guerra uruguayo.

¿Qué sucedió con la ley 24.488?

La ley, sancionada el 31 de mayo de 1995 y promulgada parcialmente el 22 de junio de 1995, estableció un marco legal claro para la inmunidad de jurisdicción de los Estados extranjeros en Argentina. Esta ley reconoció la inmunidad de jurisdicción en términos generales, pero estableció excepciones importantes en su artículo 2º. Estas excepciones incluyen casos donde el Estado extranjero consienta ser juzgado, actividades comerciales o industriales, cuestiones laborales, daños y perjuicios cometidos en territorio argentino, entre otros.

Tras la promulgación de la ley, la Corte Suprema ha tenido la oportunidad de interpretar y aplicar sus disposiciones en varios casos. La Corte ha definido el alcance de las excepciones contempladas en el artículo 2º, aplicándolas o rechazándolas en situaciones concretas presentadas.

Algunos de los fallos mas importantes de ésta etapa son:

1. Saravia, Gregorio v. Agencia de Cooperación Internacional del Japón. (CSJN, 1º de septiembre de 1998)

2. Cereales Asunción SRL v. Administración Nacional de Navegación y Puertos de la República Paraguaya s/daños y perjuicios (incumplimiento del contrato). (CSJN, 29 de septiembre de 1998)

3. Duhalde, Mario Alfredo v. Organización Panamericana de la Salud - Oficina Sanitaria Panamericana s/ Accidente- Ley 9688 (CSJN, 31 de agosto de 1999).

4. Blasson, Beatriz Lucrecia Graciela v. Embajada de la República Eslovaca (CSJN, 6 de octubre de 1999).

5.  Vallarino, Edelmiro Osvaldo v. Embajada del Japón s/despido (CSJN, 4 de mayo de 2000),

6. Bonacic-Kresic, Esteban v. Embajada de la República Federal de Yugoslavia s/despido (CSJN, 4 de mayo de 2000).

7. García Jakab, Silvina v. Embajada de la República Eslovaca (CSJN, 4 de mayo de 2000).

8. Coronel, Oscar A. y otros v. Estado Nacional -Ministerio de Defensas/accidente en el ámbito militar y fuerza de seguridad (CSJN, 9 de noviembre de 2000).

9. OSN v. Embajada de la URSS -Representación Comercial de Rusias/ejecución (CSJN, 21 de mayo de 2001).

10. Ceresole, Norberto v. República de Venezuela (CSJN, 25 de septiembre de 2001).

11. Galinger y otro v. Estado Nacional y otro (Comisión Técnica Mixta de Salto Grande) (CSJN, 15 de julio de 2003).

12. Sestito, Romina Natalia v. Consulado de Italia s/daños y perjuicios (CSJN, 17 de febrero de 2004).

13. Torres, Norma v. Embajada del Reino de Arabia Saudita (CSJN, 14 de junio de 2005).

14. Silguero Agüero, Felicita v. Embajada de Portugal s/despido (CSJN, 28 de junio de 2005).

15. Louge A. Beltrán y otro v. Gobierno de Su Majestad Británica s/daños y perjuicios (CSJN, 6 de diciembre de 2005).

16. Manauta, Juan José v. Embajada de la Federación Rusa s/daños y perjuicios (CSJN, 11 de diciembre de 2007).

17. Davidoff, Constantino v. Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte s/daños y perjuicios (CSJN, 18 de diciembre de 2007).

18. Mealla, Ester Yolanda v. Embajada de Francia s/despido (CSJN, 4 de noviembre de 2008).

19. Clementi, Edgar Omar y otro v. Embajada de la Federación Rusa y otros s/cumplimiento de contrato (CSJN, 4 de agosto de 2011).

Últimos fallos

Romero, Juan Carlos s/ incidente información sumaria - piezas pertenecientes -causa n° 34.977/11-

FUNDACIÓN OBOLOS c/ REPÚBLICA POPULAR CHINA s/ DAÑOS Y PERJUICIOS


En síntesis, estos casos reflejan cómo la Corte ha utilizado la Ley 24.488 para abordar cuestiones de inmunidad de jurisdicción, aplicando las excepciones previstas para permitir que ciertos casos procedan en tribunales argentinos. La jurisprudencia desarrollada a partir de ellos ha servido para clarificar y consolidar la aplicación del principio de inmunidad restringida en Argentina.

8 comentarios:

  1. en este caso en qué consistía la relación jurídica material

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    1. Entiendo que en este caso la relación jurídica material consistiría en el pago de "las obligaciones en materia de aportes previsionales, sindicales y asignaciones familiares, a cargo de la demandada", como bien mencionaba la síntesis. Saludos!

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