Resumen del fallo "D., R. d. V. Y OTROS - SOLICITA HOMOLOGACIÓN"
Tema
El fallo, aborda cuestiones cruciales relacionadas con la filiación y la gestación por sustitución, sentando nuevas bases para la comprensión y protección de los derechos parentales.
Antecedentes
R. y M. buscan la gestación por sustitución como una alternativa para cumplir su deseo de tener hijos.
L., quien es muy cercana a la pareja manifestó la voluntad de ser la gestante sustituta debido a la imposibilidad de R. de llevar a cabo el embarazo. A tal fin, se realizaron estudios médicos que han demostrado su viabilidad, y el procedimiento de fertilización mediante la técnic de fertilización ICSI .
La pareja celebra un acuerdo de gestación por sustitución en el cual las partes involucradas generaron los términos y condiciones para llevar a cabo un proceso de fertilización asistida, en el cual la gestante se compromete a llevar en su vientre un embrión formado a partir de los gametos de los padres intencionales.
Hechos
La pareja (R. Y M) y L, solicitan la homologación del acuerdo de gestación por sustitución, para llevar a cabo el tratamiento de fertilidad asistida bajo un marco legal que garantiza el pleno ejercicio de sus derechos. Además, en caso de que el niño nazca con vida, se pide que se emita una orden para que el Registro General de las Personas lo inscriba como hijo de R. y M.
Argumentos
Plantean la inconstitucionalidad del art. 562 del CCCN. Por violación de sus derechos constitucionales y convencionales.
Fundan la petición en: a) el principio de reserva (art. 19 CN), b) el principio de autonomía de la voluntad, c) la voluntad procreacional, d) el interés superior del niño, e) el derecho de identidad, f) los principios del proceso de familia: tutela judicial efectiva, extrapatrimonialidad, buena fe y lealtad procesal. Citan doctrina y jurisprudencia nacional e internacional.
En cuanto a los derechos agraviados: Explican que buscan la homologación y autorización para subsanar la violación continua de sus derechos constitucionales y convencionales, como a) el derecho a la vida y a la libertad reproductiva, b) el derecho a la salud, c) el derecho a la igualdad y no discriminación, d) el derecho al Goce de la Nuevas Tecnologías; e) derecho a la Protección Familiar; f) derecho a la Libre Disponibilidad del Propio Cuerpo.
Citan tratados internacionales y normas nacionales: Hacen referencia a tratados internacionales y disposiciones nacionales que respaldan sus derechos, argumentando que el Estado argentino debe reconocer y proteger esos derechos en el presente caso.
Se argumenta la inconstitucionalidad del artículo 562 del Código Civil y Comercial de la Nación y se expone que su aplicación restringe los derechos fundamentales de los demandantes.
Se mencionan varios principios y derechos que se consideran afectados:
Principio de razonabilidad: ningún derecho protegido por la constitución debe ser regulado de manera que altere su esencia. La reglamentación debe ser razonable y no arbitraria.
Derechos fundamentales afectados: Se argumenta que la gestación por sustitución no está expresamente prohibida y no va en contra de los valores constitucionales. Se mencionan los derechos a la libertad reproductiva, salud, protección familiar, igualdad y goce de las nuevas tecnologías, los cuales están respaldados por la constitución.
Injerencia arbitraria: Se considera que el artículo 562, restringe de manera arbitraria la práctica de gestación por sustitución, la cual es la única forma de ejercer los derechos mencionados anteriormente. Se argumenta que el Congreso actuó de manera irrazonable al establecer esta norma.
Supremacía constitucional: Se sostiene que el artículo 562 es inconstitucional porque contradice la jerarquía establecida por la Constitución. Se afirma que esta norma del CCCN limita los derechos protegidos por la Constitución, lo cual va en contra del principio de supremacía constitucional.
Desarrollo de proceso
El Tribunal requiere la ratificación del convenio con asistencia letrada. En respuesta, las partes R., M y L comparecen y ratifican su voluntad expresada en el escrito, con la tercera parte dando su conformidad para someterse a un tratamiento de fertilización asistida y actuar como gestante del niño/a por nacer.
Dado que no hay normas procesales específicas aplicables a este caso, se han establecido directivas para su trámite.
Se ha ordenado la intervención de un equipo técnico judicial compuesto por psicólogos, psiquiatras, trabajadores sociales y otros profesionales para evaluar a los padres intencionales ya la persona propuesta como gestante.
Este equipo emitirá informes sobre la salud mental de los involucrados, la capacidad de decisión de la gestante y la situación familiar de la misma.
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