Gasnor SA c/ Municipalidad de La Banda
Introducción:
El caso "Gasnor SA c/ Municipalidad de La Banda" trata sobre la legalidad y constitucionalidad de una tasa municipal impuesta por la Municipalidad de La Banda en la provincia de Santiago del Estero, Argentina. Gasnor S.A., una empresa dedicada a la distribución de gas natural, impugnó esta tasa argumentando que no recibe ningún servicio concreto, efectivo ni individualizado que justifique el pago del tributo.
Fechas, hechos y actores:
- Fecha del fallo: 7 de octubre de 2021.
- Actores: Gasnor S.A. y la Municipalidad de La Banda.
- Hechos: La Municipalidad de La Banda estableció una "Tasa por Servicios Municipales sobre la Actividad Comercial, Industrial y de Servicios" en su Código Tributario Municipal, que Gasnor S.A. consideró inconstitucional ya que no posee un establecimiento en la jurisdicción municipal pero sus ductos pasan por allí.
Normativa invocada:
Por Gasnor S.A.: Artículo 17 de la Constitución Nacional (derecho de propiedad), Ley de Coparticipación Federal 23.548, y el argumento de que la tasa es un impuesto disfrazado, violando el artículo 31 de la Constitución Nacional.
Por la Municipalidad: La tasa se justifica por los servicios municipales prestados que facilitan la actividad económica de Gasnor S.A. en la jurisdicción.
Opinión del procurador:
Argumentó que la tasa no se relaciona con un servicio municipal concreto, efectivo e individualizado, y se alinea con la jurisprudencia previa que exige la prestación de un servicio específico para justificar una tasa.
Resolución de la Corte:
La Corte Suprema de Justicia de la Nación señaló que la ordenanza dictada por la demandada utilizaba una fórmula de imposición de enorme laxitud describiendo la actividad gravada por defecto y de modo residual. En efecto, la norma, en lugar de determinar los servicios por los que se pretendía cobrar la tasa creada, constituía una coartada para gravar actividades de los contribuyentes para quienes no se brindaba ningún servicio o prestación. Al respecto, indicó que esa excesiva latitud en la determinación de los servicios que las tasas pretenden retribuir al no discriminar debidamente los servicios cuya manutención solicita contrarían el principio de legalidad tributaria, pues posibilitan la eventual recaudación de los fondos para una finalidad ajena a la que presuntamente le habría dado origen.
Jurisprudencia mencionada:
"Compañía Química S.A. vs Municipalidad de Tucumán" y otros casos similares donde se trató la constitucionalidad de tasas municipales, reafirmando la necesidad de un servicio concreto y específico para justificar dichas tasas.
Importancia de la decisión:
Este fallo refuerza la interpretación de que las tasas municipales deben estar vinculadas a servicios efectivamente prestados, protegiendo a los contribuyentes de cargas fiscales injustificadas y asegurando la correcta aplicación de principios constitucionales.
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