La Bellaca S.A.A.C.I.F. y M. c/ Estado Nacional -D.G.I.-
El caso "La Bellaca S.A.A.C.I.F. y M. c/ Estado Nacional -D.G.I.-" es un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina que aborda la inconstitucionalidad del art. 34 del decreto 435/90, en tanto - al incrementar la alícuota prevista en el art. 13 de la ley del impuesto sobre los capitales había modificado la cuantía de la obligación fiscal que de ella resultaba, respecto de la cual regía el principio de reserva o legalidad (arts. 4°, 17 y 75, inc. 2°, de la Constitución Nacional).
Contexto y actores principales:
- Actor: La Bellaca S.A.A.C.I.F. y M.
- Demandado: Estado Nacional, específicamente la Dirección General Impositiva (DGI).
Hechos:
La empresa demandante buscó la repetición de sumas pagadas en exceso bajo el impuesto sobre los capitales debido al aumento de la alícuota del 1,5% al 3% por el decreto 435/90. Argumentó que este decreto violaba el principio de legalidad tributaria, ya que la Constitución confiere exclusivamente al Congreso la potestad de legislar sobre impuestos.
Decisiones previas:
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 3 falló a favor de la empresa, declarando inconstitucional el decreto.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó esta decisión, destacando que el aumento de la alícuota por parte del Poder Ejecutivo era incompatible con el principio constitucional de legalidad en materia tributaria.
Decisión de la Corte Suprema:
La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara, sosteniendo que el decreto 435/90 era inconstitucional ya que el Poder Ejecutivo no puede modificar elementos esenciales de un tributo sin una ley del Congreso.
La Corte reiteró la necesidad de una disposición legal previa para exigir cualquier carga tributaria, de acuerdo con los principios constitucionales.
Expresó que del principio de legalidad en materia impositiva se deriva la limitación constitucional infranqueable que supone ese campo para los decretos de necesidad y urgencia.
Opiniones de los jueces:
La Corte, en su conjunto, enfatizó la importancia del principio de legalidad y rechazó el argumento del Estado de que la emergencia económica justificaba el decreto. Recordaron que, incluso en situaciones de necesidad y urgencia, la Constitución prohíbe al Poder Ejecutivo establecer o modificar tributos.
Importancia de la decisión:
Este fallo reafirma la exclusividad del poder legislativo en materia tributaria y establece límites claros al uso de decretos de necesidad y urgencia por parte del Poder Ejecutivo en este ámbito.
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