Cámara Argentina del Libro y otros c/ P.E.N. - dto. 616/01 s/ amparo ley 16.986
Introducción al Caso:
El caso "Cámara Argentina del Libro y otros c/ P.E.N. - dto. 616/01 s/ amparo ley 16.986" trata sobre la constitucionalidad del decreto 616/01, que limitaba la exención del IVA para ciertos tipos de libros, como las "obras musicales impresas" y "los álbumes o libros de estampas y de los cuadernos para dibujar o colorear para niños". Este decreto fue cuestionado por varias editoriales, quienes argumentaron que violaba el principio de legalidad tributaria.
Fechas y actores:
- Fecha de la Resolución de la Corte Suprema: 1 de septiembre de 2003.
- Demandantes: Cámara Argentina del Libro, Ricordi Americana S.A.E.C., y Editorial Sigmar S.A.
- Demandado: Poder Ejecutivo Nacional (PEN).
Normativa involucrada:
- Decreto 616/01: Emitido por el PEN para aclarar la exención del IVA sobre libros, según el artículo 7, inciso a, de la Ley 23.349. Este decreto fue visto por la parte actora como una restricción indebida al alcance de la exención fiscal establecida por ley.
- Ley 23.349: Establece el impuesto al valor agregado (IVA) y sus exenciones.
- Ley 25.414: Delegó ciertas atribuciones legislativas al Poder Ejecutivo, bajo las cuales se emitieron varios decretos.
- Ley 25.446: Conocida como la "ley de fomento del libro y la lectura", que fue citada por la parte actora para argumentar que el decreto 616/01 contradice el objetivo del legislador de fomentar el acceso a la cultura.
Hechos del Caso:
La acción de amparo fue interpuesta argumentando que el decreto alteraba el espíritu de la ley al excluir ciertos libros de la exención del IVA, transgrediendo el:
Principio de Legalidad Tributaria: La actora argumentó que el decreto violaba este principio constitucional, el cual establece que no se puede imponer ni cobrar un tributo sin una ley que lo disponga claramente. Al excluir ciertos tipos de libros de la exención del IVA sin respaldo legislativo, el decreto alteraba el sentido de la norma reglamentada.
Principio de Igualdad: Se alegó que el decreto discriminaba de manera injustificada entre diferentes tipos de libros, al excluir las obras musicales impresas y ciertos libros infantiles de la exención, violando así el principio constitucional de igualdad ante la ley.
Acceso a la Cultura y Alfabetización: La actora sostuvo que el decreto obstaculizaba el acceso a la cultura y la alfabetización, lo cual es contrario al artículo 75, inciso 19, de la Constitución Nacional, que establece la promoción de la cultura como una obligación del Estado.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal falló a favor del PEN, validando el decreto como una aclaración válida.
Dictamen del Procurador General:
Consideró que el decreto 616/01 excedía las facultades del PEN al imponer restricciones no previstas por la ley, violando el principio de legalidad tributaria. Enfatizó que las exenciones deben surgir claramente de la ley o de la intención indudable del legislador.
Resolución de la Corte Suprema:
La Corte Suprema compartió el dictamen del Procurador General, declarando procedente el recurso extraordinario. Revocó la sentencia de la Cámara, concluyendo que el decreto imponía restricciones no respaldadas por la ley, y ordenó que se dictara un nuevo fallo conforme al principio de legalidad, pues permitir el empleo de facultades delegadas a través de un instrumento que no cumplía los recaudos para ello, implicaba -además de la violación del principio de legalidad- desconocer la letra de la ley 25.414 y burlar el sistema de control establecido por el Congreso, en ejercicio de las potestades que le confiere el art. 76 de la Constitución Nacional, con grave menoscabo del principio republicano de división de poderes
Jurisprudencia Similar:
La Corte reiteró su jurisprudencia sobre el principio de legalidad tributaria, citando precedentes como Fallos: Multicambio S.A. s/ recurso de apelación. (316:1115), que subrayan que las exenciones deben derivar de la ley misma.
Importancia del Fallo:
Reafirma el principio de legalidad en materia tributaria y la interpretación estricta de las facultades reglamentarias del Poder Ejecutivo, asegurando que las exenciones impositivas estén claramente respaldadas por la legislación vigente.
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