Gorosito, Juan Ramón c/ Riva S.A. y otro s/ daños y perjuicios
Introducción
El caso "Gorosito, Juan Ramón c/ Riva S.A. y otro s/ daños y perjuicios" aborda la constitucionalidad del artículo 39 de la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo en Argentina. Juan Ramón Gorosito inició una acción de daños y perjuicios tras sufrir un accidente laboral, y el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén declaró inconstitucional el mencionado artículo, que limitaba la responsabilidad civil del empleador y establecía un sistema de indemnización tarifada.
Fechas y Hechos:
- Fecha del fallo: 1° de febrero de 2002.
- Actores: Juan Ramón Gorosito (demandante) contra Riva S.A. y La Construcción S.A. Cía. Argentina de Seguros (demandadas).
Normativa Invocada:
- Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo: El artículo 39 exime a los empleadores de responsabilidad civil, salvo dolo, limitando la reparación a un sistema tarifado.
- Constitución Nacional, artículos 14, 16, 17, 18 y 19: Invocados por el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén para declarar la inconstitucionalidad del artículo 39 por violar la igualdad y la propiedad.
Opinión del Procurador General:
El Procurador General consideró que la cuestión de la inconstitucionalidad de la ley era de índole federal y que debía ser resuelta por la Corte Suprema.
Opinión de la Corte:
La Corte Suprema revocó el fallo del tribunal de Neuquén, declarando constitucional el artículo 39 de la Ley 24.557. La Corte argumentó que el legislador tiene la facultad de establecer un sistema de reparación específico para accidentes laborales, separándolo del régimen general de responsabilidad civil. Además, sostuvo que el sistema de la ley no representa una discriminación arbitraria ni una violación de derechos constitucionales, ya que ofrece un esquema de compensación objetiva y directa, financiado por los empleadores a través de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).
Opiniones Disidentes:
Los jueces Carlos S. Fayt, Enrique Santiago Petracchi y Gustavo A. Bossert discreparon, apoyándose en el dictamen del Procurador General que consideraba que el recurso extraordinario debía ser desestimado.
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