Resumen caso Chiodi

PESIFICACION DE BONOS PROVINCIALES

Caso “Chiodi” (Resuelto el 16/11/2004)


En el caso "Chiodi" se discutía la constitucionalidad de las normas que ordenaron la pesificación de bonos provinciales emitidos en dólares. Hasta el momento, la Corte no se expidió sobre el fondo de la cuestión, sino que sólo dijo que no correspondía admitir la medida cautelar que solicitaba la devolución en dólares de la totalidad del monto invertido.

Pregunta que resolvió la Corte Suprema: ¿Corresponde la pesificación de bonos provinciales emitidos en dólares?
Respuesta: La Corte Suprema todavía no resolvió sobre el fondo del asunto

Hechos del caso
Esta causa fue iniciada por un grupo de tenedores de títulos de consolidación de deuda pública en dólares estadounidenses de la provincia de Salta. Promovieron su demanda contra el Estado Nacional a fin de obtener la declaración de invalidez e inconstitucionalidad de los decretos 214/02- 471/02, que habían determinado la pesificación de toda la deuda pública provincial a 1,40 pesos por dólar.

Los demandantes alegaron que los títulos, originalmente emitidos en dólares, les serían devueltos en pesos devaluados y por un monto inferior al adeudado, con el perjuicio patrimonial resultante.

Por lo tanto, solicitaron que como medida cautelar se suspendieran los alcances de las normas impugnadas y se ordenara el pago de los cupones correspondientes a la amortización e intereses de sus títulos en las mismas condiciones en que fueron pactados inicialmente. Para ello, pidieron que se utilizaran los recursos de coparticipación federal de impuestos provinciales que habían sido afectados en garantía de su cumplimiento.

Resolución del caso: Hasta el momento, la Corte Suprema sólo se ha expedido sobre la validez de la medida cautelar requerida. En un voto unánime, el máximo tribunal decidió que no correspondía aceptarla (Voto de los jueces: Petracchi, Belluscio, Fayt, Zaffaroni y Highton de Nolasco). Como fundamento, estos jueces se valieron de un argumento similar al esgrimido en “Kiper”. Afirmaron que admitir la cautelar importaría un anticipo de jurisdicción favorable respecto del fallo final de la causa, provocaría una incidencia directa en los títulos públicos emitidos por el Estado y constituiría así “un claro exceso jurisdiccional en esta etapa del proceso”.

Conclusión: En este caso también la Corte Suprema evitó pronunciarse sobre el fondo del asunto y se limitó a rechazar la medida cautelar solicitada. También, una vez más, el tribunal refleja sus propias contradicciones, dado que a este caso le caben las mismas críticas que se formularon cuando se presentó la sentencia “Smith”: la Corte muestra que, en definitiva, el argumento del “límite de las medidas cautelares que no implican una decisión sobre el fondo de la cuestión” bien puede utilizarse para resolver sobre el fondo del asunto -“Smith”- o para tomar una decisión más acotada y postergar la principal para una “mejor” oportunidad -“Kiper” y ”Chiodi”-.

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