RESUMEN DE FALLO OHARRIZ.
Caso “Oharriz, M. J. c/ MJ y DD HH Ley 24.411 (Resolución 111/90"
(Resuelto el 26/08/03).
En el caso "Oharriz" la Corte resolvió que la víctima del terrorismo no estatal no tiene derecho a recibir la indemnización prevista en la ley 24.411 que contempla una reparación económica para los familiares de quienes, durante la última dictadura militar, hubieren fallecido como consecuencia del accionar de cualquier grupo paramilitar con anterioridad.
Hechos
M. J. Oharriz, de 42 años, gerente de una empresa proveedora de Ford Motor Argentina en la provincia de Santa Fe, murió a raíz de un atentado que se atribuyó la organización Montoneros.
Restablecida la democracia, su hijo M. J. Oharriz reclamó ante la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Nación la indemnización prevista en la ley 24.411, que contempla una reparación económica para los familiares de quienes “hubieren fallecido como consecuencia del accionar de las fuerzas armadas, de seguridad o de cualquier grupo paramilitar con anterioridad al 10-12-83”.
La ley había sido acotada en su decreto reglamentario (403/95), que limitó el beneficio a las víctimas del terrorismo de Estado. Oharriz alegaba que el decreto era inconstitucional, porque violaba la garantía de igualdad establecida en el artículo 16 de la Constitución Nacional, al diferenciar entre personas muertas por el Estado o por el accionar subversivo.
Su planteo fue denegado y el caso llegó a la Corte Suprema que debía decidir si le correspondía o no la indemnización que prevé esta ley.
Su planteo fue denegado y el caso llegó a la Corte Suprema que debía decidir si le correspondía o no la indemnización que prevé esta ley.
Decisión de la Corte
La Corte decidió que no le correspondía esta indemnización y que el decreto no restringía indebidamente los alcances de la ley (Voto de los jueces Petracchi, Belluscio, Moliné O´Connor, López y Maqueda). Los jueces se basaron en la discusión parlamentaria que precedió al dictado de la ley: allí se dejaba en claro que ésta surgía de la solución amistosa alcanzada con la CIDH para indemnizar a los familiares de los desaparecidos o muertos como consecuencia del terrorismo de Estado.
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