Caso "Igualt Pérez, M. s/ extradición" (resuelto el 17/02/04)
La Constitución Nacional le garantiza a toda persona acusada de un delito el derecho a contar con un abogado que lo defienda. La Corte ha dicho que esta defensa no debe ser aparente o meramente formal, sino que debe ser eficaz y sustancial.
En el caso "Igualt" la Corte debió resolver si es válido que el imputado pierda su derecho a una apelación por la actuación deficiente de su abogado.
Hechos:
Un individuo imputado de la comisión de un delito se encontraba sometido a un proceso de extradición. Su abogado defensor había apelado la decisión judicial que hacía lugar al pedido de extradición pero, al estar gravemente enfermo, su presentación no cumplió con los requisitos mínimos, por lo que fue rechazada.El caso llegó así a la Corte, que debió resolver si la deficiente labor del abogado del imputado podía afectar su derecho a apelar una decisión que lo perjudicaba.
Decisión de la Corte:
La Corte consideró por unanimidad (Petracchi, Belluscio, Boggiano, Vazquez, Maqueda y Zaffaroni -Fayt no votó-) que estaba probado que la enfermedad terminal del defensor había afectado su labor, por lo que se había violado el derecho constitucional del Sr. Igualt a contar con una defensa eficaz y sustancial, derecho que goza de especial protección en material penal por estar en juego su libertad y honor. Por ese motivo, la Corte ordenó que se le diera la posibilidad al Sr. Igualt de que un nuevo abogado defensor -el anterior había ya fallecido- fundara debidamente la apelación.
Esta decisión confirma una línea de precedentes de la Corte que sostiene el deber de los jueces de controlar que las personas cuenten con una defensa técnica eficaz.
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