Derechos soberanos y espacios marítimos en el mar Caribe (Nicaragua c. Colombia)
Ficha resumen del caso
El fallo, "Presuntas violaciones de derechos soberanos y espacios marítimos en el mar Caribe (Nicaragua c. Colombia)", fue emitido por la Corte Internacional de Justicia (CIJ) el 21 de abril de 2022. A continuación, te presento un resumen detallado del mismo:
I. Contexto General
Hechos
- Nicaragua alegó que Colombia había violado sus derechos soberanos y su jurisdicción en la zona económica exclusiva (ZEE) de Nicaragua en el mar Caribe.
- Nicaragua argumentó que Colombia había interferido con embarcaciones de pesca e investigación científica de pabellón nicaragüense, otorgado permisos de pesca y autorizado investigaciones científicas en su ZEE, y ofrecido bloques de hidrocarburos en áreas de su ZEE.
- Además, Nicaragua impugnó el Decreto Presidencial N° 1946 de Colombia, que establecía una "zona contigua integral" que supuestamente transgredía su ZEE.
Demandados
- Demandante: Nicaragua
- Demandado: Colombia
II. Alcance de la Jurisdicción ratione temporis de la Corte
Normativa Invocada
- Pacto de Bogotá: Artículo XXXI, que otorga jurisdicción a la CIJ para resolver controversias entre Estados partes.
- Derecho Internacional Consuetudinario: Normas que rigen los derechos y las obligaciones en las ZEE.
Fundamentos
- Nicaragua: Sostuvo que las acciones de Colombia violaban su soberanía y los derechos derivados del fallo de la CIJ de 2012.
- Colombia: Argumentó que la CIJ no tenía jurisdicción sobre los hechos ocurridos después del 27 de noviembre de 2013, fecha en que el Pacto de Bogotá dejó de estar en vigor para Colombia.
Resolución de la Corte
Decisión
- La CIJ concluyó que tenía jurisdicción para conocer de los hechos ocurridos después del 27 de noviembre de 2013, ya que estos incidentes eran de la misma naturaleza que los ocurridos antes de esa fecha y estaban conectados con la controversia inicial.
- La CIJ determinó que Colombia había violado los derechos soberanos y la jurisdicción de Nicaragua en su ZEE.
Importancia de la Decisión
- Clarificación de Derechos en ZEE: Reafirma los derechos soberanos de los Estados sobre sus ZEE y la obligación de otros Estados de respetar dichos derechos.
- Jurisdicción de la CIJ: Establece que la CIJ puede tener jurisdicción sobre hechos ocurridos después de la caducidad de un título jurisdiccional, siempre que estén conectados con la controversia inicial.
- Precedente Jurídico: Proporciona un precedente importante para futuras disputas marítimas y la interpretación del derecho internacional consuetudinario en relación con las ZEE.
No hay comentarios:
Publicar un comentario