PROMOCIÓN DEL EMPLEO REGISTRADO
Empleados en negro y Ley Bases ¿Cómo afecta la ley base a los trabajadores en negro?
El Título V de la ley Bases y Punto de Partida para la Libertad de los Argentinos, en los artículos 76 a 81, establece disposiciones relacionadas a promoción del empleo registrado. Entre ellas:
1) Regularización de Relaciones Laborales
El Artículo 76 se refiere a la posibilidad que tienen los empleadores de regularizar la situación laboral de sus empleados, es decir, poner en orden y corregir, las relaciones laborales existentes en el sector privado que comenzaron antes de la fecha en que se promulgó la ley actual.
Esta regularización puede aplicarse a dos tipos de relaciones laborales:
Relaciones laborales no registradas
Aquellas que no han sido documentadas oficialmente o que no se han informado a las autoridades laborales correspondientes.
Relaciones laborales deficientemente registradas
Aquellas que han sido documentadas o informadas, pero de manera incompleta, incorrecta o insuficiente.
2) Efectos de la Regularización de Relaciones Laborales
El Artículo 77 establece que el Poder Ejecutivo Nacional será el encargado de reglamentar los efectos que se producirán a partir de la regularización de las relaciones laborales, tal como se menciona en el artículo anterior (Artículo 76).
Los efectos de esta regularización pueden incluir:
Extinción de la acción penal y condonación de infracciones
Según la Ley 27.430 y otras leyes mencionadas, se extinguirá la acción penal y se condonarán las infracciones, multas y sanciones de cualquier naturaleza correspondientes a dicha regularización, siempre que estén impagas o incumplidas a la fecha de entrada en vigencia de esta ley.
Baja del REPSAL
Se dará de baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), creado por la Ley 26.940, respecto de infracciones cometidas o constatadas hasta la entrada en vigencia de la presente ley, siempre y cuando se regularicen a la totalidad de los trabajadores por los que se encuentra publicado en el REPSAL y se pague, de corresponder, la multa.
Condonación de deuda
Se condonará la deuda por capital e intereses cuando esta tenga origen en la falta de pago de aportes y contribuciones con destino a los Subsistemas de la Seguridad Social, que incluyen el Sistema Integrado Previsional Argentino de la ley 24241, el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados de la ley 19032, el Régimen Nacional del Seguro de Salud de la ley 23661, el Fondo Nacional de Empleo de la ley 24013, el Régimen Nacional de Asignaciones Familiares de la ley 24714, la Contribución con destino al Registro Nacional de la Industria de la Construcción de la ley 22250, y otros regímenes laborales o de seguridad social que determine la reglamentación.
La reglamentación determinará los porcentajes de condonación que se aplicarán, los cuales no serán inferiores al setenta por 70% de las sumas adeudadas. Además, se podrán establecer incentivos para la cancelación de la obligación de contado y beneficios especiales para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
3) Derechos de los Trabajadores Regularizados
El Artículo 78 establece que los trabajadores que se incluyen en la regularización tendrán derecho a computar hasta 60 meses de servicios con aportes. Si la regularización es por un período menor, se computará esa cantidad de meses.
El cálculo se basa en un monto mensual equivalente al “Salario Mínimo Vital y Móvil”.
Este cálculo se realiza únicamente para cumplir con los años de servicios requeridos por la Ley 24.241 y sus modificaciones para la obtención de la Prestación Básica Universal y para el beneficio de Prestación por Desempleo, como se prevé en el artículo 113 de la Ley 24.013 y sus modificatorias.
Es importante destacar que los meses regularizados no serán considerados para la determinación de la Prestación Compensatoria ni de la Prestación Adicional por Permanencia. Esto significa que la regularización no afectará el cálculo de estos dos beneficios específicos.
4) Proceso de Regularización Laboral
El Artículo 79 establece el proceso y los plazos para la regularización de las relaciones laborales. Según este artículo se dispone que:
Plazo de Regularización
La regularización de las relaciones laborales debe llevarse a cabo dentro de los 90 días corridos, contados desde la fecha de entrada en vigencia de la reglamentación del presente Título de la ley. Esto significa que los empleadores tienen un período de tres meses para poner en orden las relaciones laborales una vez que la reglamentación de la ley entre en vigor.
Planes de Regularización Plurianuales
La reglamentación puede establecer planes de regularización que se extiendan por varios años, con un plazo máximo de 5 años. Esto permite a los empleadores regularizar las relaciones laborales de manera gradual a lo largo de varios años si es necesario.
Regulación Anual Mínima
Se prevé una regulación anual mínima del 20% de las diferencias. Esto significa que, en cada año del plan de regularización, al menos el 20% de las relaciones laborales irregulares deben ser regularizadas.
Porcentaje Constante o Decreciente
El porcentaje de regularización debe ser constante o decreciente a lo largo de todo el plan de regularización. Esto implica que la cantidad de relaciones laborales que se regularizan cada año no puede aumentar con el tiempo.
En resumen, este artículo proporciona un marco temporal y un proceso para que los empleadores regularicen las relaciones laborales, permitiendo una implementación gradual y sistemática de la regularización.
5) Inclusión de Deudas Controvertidas en el Régimen de Regularización
El Artículo 80 establece que las deudas que se encuentren en disputa en sede administrativa, contencioso administrativa o judicial pueden ser incluidas en el régimen de regularización. Esto es aplicable a las deudas existentes a la fecha de publicación de la presente ley en el Boletín Oficial.
Para que una deuda pueda ser incluida en el régimen de regularización, el empleador debe cumplir con las siguientes condiciones:
Allanamiento Incondicional
El empleador debe allanarse incondicionalmente. Esto significa que el empleador debe aceptar la deuda y su obligación de pagarla sin poner ninguna condición.
Desistimiento y Renuncia
En caso de que corresponda, el empleador debe desistir y renunciar a toda acción y derecho, incluso al de repetición. Es decir, el empleador debe renunciar a cualquier acción legal que pudiera tener en relación con la deuda y no puede intentar recuperar el dinero pagado para saldar la deuda en el futuro.
Pago de Costas y Gastos Causídicos
El empleador debe asumir el pago de las costas y gastos causídicos. Estos son los gastos legales que se generan en el proceso de resolución de la deuda.
El allanamiento o desistimiento puede ser total o parcial y puede proceder en cualquier etapa o instancia administrativa, contencioso administrativa o judicial, según corresponda. En otras palabras, el empleador puede aceptar parte de la deuda o toda la deuda, y puede hacerlo en cualquier etapa del proceso legal.
6) Abstención de Acciones por Regularización Laboral
El Artículo 81 establece que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y las instituciones de la seguridad social, ya sea con facultades propias o delegadas en la materia, deben abstenerse de realizar ciertas acciones en relación con las relaciones laborales que se han regularizado bajo este régimen. Estas acciones incluyen:
Formulación de Determinaciones de Deuda
No deben formular, de oficio, determinaciones de deuda por las mismas causas y períodos que están comprendidos en la regularización.
Labrado de Actas de Infracción
No deben labrar actas de infracción por las mismas causas y períodos que están comprendidos en la regularización.
Formulación de Ajustes Impositivos
No deben formular ajustes impositivos con causa en las relaciones laborales que se han regularizado.
En síntesis, una vez que las relaciones laborales se han regularizado bajo este régimen, las autoridades fiscales y de seguridad social no pueden tomar medidas para determinar deudas, emitir actas de infracción o hacer ajustes fiscales en relación con esas relaciones laborales para los períodos cubiertos por la regularización. Esto proporciona una protección adicional para los empleadores que han regularizado sus relaciones laborales bajo este régimen.
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