Incidente de excarcelación promovido en favor de Mario Eduardo Firmenich.
Este fallo se centra en la solicitud de excarcelación de Mario Eduardo Firmenich, un prominente miembro de la organización Montoneros, quien estaba detenido preventivamente. La cuestión principal gira en torno a si el tiempo de detención preventiva excede un "plazo razonable" según el artículo 7, inciso 5 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).
Fecha del fallo: 28 de julio de 1987
Hechos:
Mario Eduardo Firmenich estaba detenido preventivamente y se solicitó su excarcelación.
Normativa Invocada y Fundamentos
Recurrente:
- Artículo 379, inciso 6° del Código de Procedimiento en Materia Penal: Establece el plazo máximo de la detención preventiva.
- Artículo 7°, inciso 5° de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH): Garantiza el derecho a ser juzgado dentro de un plazo razonable o a ser puesto en libertad.
Cámara Nacional de Apelaciones:
- Artículo 380 del Código de Procedimiento en Materia Penal: Establece las condiciones bajo las cuales se puede denegar la excarcelación.
- Seguridad pública y riesgo de fuga: La naturaleza del delito y el riesgo de que el imputado evada la justicia justifican la denegación de la excarcelación.
Opinión del Procurador
El Procurador sostuvo que no se habían cumplido las condiciones para permitir la excarcelación de Firmenich y que la decisión del tribunal inferior no era irrazonable ni arbitraria.
Opinión de la Corte
La Corte Suprema resolvió que:
Inconstitucionalidad del Artículo 380: La cuestión fue introducida tardíamente y no correspondía su análisis.
Interpretación del Artículo 7°, inciso 5° de la CADH: La Corte concluyó que la detención preventiva debe ser evaluada en base a las circunstancias concretas del caso. Resolvió que la detención de Firmenich no violaba la CADH, dado el riesgo de fuga y la gravedad del delito imputado.
La Corte confirmó la decisión apelada y desestimó la queja en todos sus aspectos, salvo en lo referido a la cuestión federal sobre la interpretación de la CADH, la cual admitió y resolvió en el sentido de confirmar la denegación de la excarcelación.
Jurisprudencia Similar
La Corte mencionó casos como "Stögmüller" y "Neumeister" del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que establecen que el concepto de "plazo razonable" no puede ser definido de manera rígida y debe ser evaluado según las circunstancias del caso.
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Guía de preguntas del Caso Firmenich
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Importancia de la Decisión
Este fallo reviste gran importancia por varias razones:
1. Reafirmación de la Supremacía Constitucional y Control de Convencionalidad:
A pesar de que la Convención Americana sobre Derechos Humanos ya había sido incorporada al derecho interno, el fallo subraya cómo la Corte la aplica e interpreta, utilizando incluso jurisprudencia de otros tribunales internacionales (como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos) para dotar de contenido a conceptos como el "plazo razonable" de la prisión preventiva. Esto sienta un precedente crucial para la aplicación de tratados internacionales de derechos humanos en el ámbito nacional.
2. Criterios para la Prisión Preventiva:
La decisión clarifica y consolida los criterios que las autoridades judiciales deben considerar al evaluar la procedencia y extensión de la prisión preventiva, equilibrando el derecho a la libertad personal con la eficacia del proceso penal. La mención de la posibilidad de fuga y el entorpecimiento de la investigación como fundamentos para la detención preventiva es clave.
3. Límites al Control Judicial:
El fallo reitera el principio de que el Poder Judicial no debe inmiscuirse en la "oportunidad o conveniencia" de las leyes dictadas por el legislador, sino que su control se limita a verificar la "razonabilidad" y constitucionalidad de las normas.
4. Procedencia del Recurso Extraordinario:
La desestimación del recurso por extemporaneidad en el planteo de la cuestión federal (inconstitucionalidad del art. 380) subraya la importancia del cumplimiento de los requisitos procesales y la "oportunidad" en la invocación de derechos y garantías constitucionales.stiones constitucionales.
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