Mignone, Emilio Fermín s/ promueve acción de amparo
Introducción
El fallo "Mignone, Emilio Fermín s/ promueve acción de amparo" resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 9 de abril de 2002, aborda la inconstitucionalidad del artículo 3, inciso d) del Código Electoral Nacional, que excluía del padrón electoral a las personas detenidas por orden de juez competente mientras no recuperen su libertad.
Hechos y Actores:
El actor, Emilio Fermín Mignone, en representación del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), promovió una acción de amparo para garantizar el derecho al sufragio de las personas detenidas sin condena.
La demanda fue inicialmente resuelta por la Cámara Nacional Electoral, que declaró inconstitucional la exclusión, pero no ordenó medidas para garantizar el voto efectivo de los detenidos.
Ambas partes, tanto actora como demandada, interpusieron recursos extraordinarios. Los de la actora fueron inicialmente denegados.
Normativa Invocada:
- Constitución Nacional (art. 37 sobre el derecho al sufragio).
- Convención Americana de Derechos Humanos (art. 23 sobre derechos políticos).
- Código Electoral Nacional (art. 3, inc. d).
- Código Penal y jurisprudencia relacionada.
Opinión de la Corte:
La Corte consideró que la detención preventiva no debería restringir el derecho al voto, ya que no representa una condena anticipada.
Se enfatizó que el sufragio es un derecho fundamental y cualquier restricción debe ser estrictamente justificada.
La Corte instó a los poderes Legislativo y Ejecutivo a reglamentar el sufragio de los detenidos no condenados dentro de seis meses.
Resolución de la Corte:
Declaró la inconstitucionalidad del artículo mencionado del Código Electoral.
Urgió a las autoridades competentes a implementar medidas para asegurar el derecho al voto de las personas detenidas sin condena.
Se impusieron las costas en el orden causado por tratarse de una cuestión novedosa.
Jurisprudencia Similar:
Se hace referencia a la doctrina de la causa "Alianza Frente para la Unidad" y casos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Suprema Corte de los Estados Unidos.
Importancia de la Decisión:
Este fallo es crucial para la protección de los derechos políticos de las personas detenidas sin condena en Argentina, reafirmando el principio de presunción de inocencia y la necesidad de que las restricciones a derechos fundamentales sean justificadas y limitadas.
Pregunta:
¿Por qué la Corte decidió que era necesario que el Legislativo y el Ejecutivo implementaran medidas específicas para asegurar el voto de los detenidos sin condena?
La Corte entendió que, aunque declaró inconstitucional la norma que excluía a los detenidos del padrón electoral, la implementación práctica de ese derecho requería la intervención de los poderes Legislativo y Ejecutivo para crear un marco reglamentario que permitiera la votación efectiva, garantizando así el ejercicio pleno del derecho al sufragio en condiciones de igualdad.
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