xmlns:macro='http://www.google.com/2005/gml/macro' RESUMEN DE FALLOS: Resumen fallo Nobleza Piccardo

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Resumen fallo Nobleza Piccardo

Nobleza Piccardo S.A.I.C. y F. c/ Estado Nacional - Dirección General Impositiva s/ repetición D.G.I.

El fallo "Nobleza Piccardo S.A.I.C. y F. c/ Estado Nacional - Dirección General Impositiva s/ repetición D.G.I.", dictado el 15 de diciembre de 1998 por la Corte Suprema de Justicia de Argentina, aborda la demanda de repetición de impuestos presentada por Nobleza Piccardo contra el Estado Nacional, específicamente contra la Dirección General Impositiva (DGI).

Hechos y Partes:

  • Demandante: Nobleza Piccardo S.A.I.C. y F.
  • Demandado: Estado Nacional - Dirección General Impositiva.
  • Cuestión: Repetición de sumas abonadas por un tributo destinado al "Fondo transitorio para financiar desequilibrios fiscales provinciales", cuya vigencia fue extendida por el art. 27 de la ley 23.905.

Cuestión Central:

La actora argumenta que el artículo 27 de la ley 23.905, que extendió la vigencia del tributo hasta el 31 de diciembre de 1991, es inconstitucional porque no cumplió con los requisitos de formación y sanción de las leyes, ya que no hubo acuerdo entre ambas cámaras del Congreso sobre el plazo de vigencia (la Cámara de Diputados aprobó un proyecto restablecía la vigencia hasta mayo de 1991, el Senado aprobó otro proyecto cuya fecha límite era diciembre de dicho año).

Decisión de la Cámara de Apelaciones:

La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal admitió la demanda, considerando que no se cumplió con los requisitos mínimos indispensables para la creación de la ley, debido a la falta de coincidencia entre ambas cámaras sobre el plazo de vigencia.

Opinión de la Corte Suprema:

La Corte confirmó la sentencia apelada, señalando que no hubo acuerdo entre la Cámara de Diputados y el Senado sobre el plazo de vigencia del tributo, lo cual constituye una inobservancia de los requisitos constitucionales para la creación de la ley.

Importancia del Fallo:

Este fallo es relevante porque reafirma la necesidad de cumplimiento estricto de los procedimientos legislativos para la validez de las leyes y establece un precedente sobre cómo las inobservancias en el proceso legislativo pueden llevar a la declaración de inconstitucionalidad.

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