Sujarchuk, Ariel Bernardo s/ daños y perjuicios
Introducción
El fallo "Sujarchuk, Ariel Bernardo s/ daños y perjuicios" trata sobre un recurso extraordinario interpuesto por Jorge Alberto Warley, quien fue demandado por Ariel Bernardo Sujarchuk por daños y perjuicios. Sujarchuk alegó que Warley lo difamó al publicar en su blog "Desde el aula" un documento que lo describía de manera peyorativa. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil había confirmado la sentencia de primera instancia que favorecía a Sujarchuk, argumentando que las expresiones utilizadas constituían insultos y no estaban protegidas por la libertad de expresión.
Fecha del fallo: 30 de junio de 2012.
Hechos y actores:
- Demandante: Ariel Bernardo Sujarchuk, funcionario de la Universidad de Buenos Aires.
- Demandado: Jorge Alberto Warley, periodista y bloguero.
- Hecho en disputa: Publicación de un documento en un blog que contenía expresiones consideradas presuntamente difamatorias hacia Sujarchuk.
Normativa invocada:
- Constitución Nacional Argentina: Artículos 14 y 32, relacionados con la libertad de expresión.
- Convención Americana sobre Derechos Humanos: Artículo 13, sobre libertad de expresión.
Argumentos del demandado:
- La publicación es una expresión de libertad de prensa y no constituye un insulto.
- Argumenta que el término "siniestro" fue utilizado en un contexto que no constituía una vejación gratuita e injustificada.
- Sostiene que no se demostró un daño moral cierto.
Opinión del Procurador:
El Procurador opinó que la publicación no es apta para generar responsabilidad al demandado, ya que la misma se ajustó a la doctrina "Campillay" de reproducción fiel de información atribuida a una fuente comprobada. Además, considera que el término "siniestro" sintetiza la crítica y no constituye una expresión que deba ser sancionada, destacando la importancia de la libertad de expresión.
Opinión de la Corte:
La Corte Suprema de Justicia de Argentina decidió hacer lugar al recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada, considerando que la decisión constituía una restricción indebida a la libertad de expresión. La Corte enfatizó la necesidad de proteger este derecho, especialmente en contextos de interés público e institucional.
Importancia del fallo:
Este fallo subraya la importancia de la libertad de expresión, especialmente en el ámbito de la crítica a funcionarios públicos, y reafirma la doctrina "Campillay" sobre la responsabilidad en la reproducción de información de terceros.
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