xmlns:macro='http://www.google.com/2005/gml/macro' RESUMEN DE FALLOS: 2x1

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Resumen Fallo Muiña

Fallo: Bignone, Reynaldo Benito Antonio y otro sobre recurso extraordinario.

Introducción:

El fallo aborda la aplicación retroactiva de leyes penales más benignas en casos de delitos de lesa humanidad, centrado en la interpretación y alcance del artículo 2° del Código Penal argentino.

resumen de fallos. fallo 2x1

Fechas y Actores:

  • Fecha del fallo: 3 de mayo de 2017
  • Actores: Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 2 (TOF n° 2), Cámara Federal de Casación Penal, Ministerio Público Fiscal. Luis Muiña.

Hechos:

Luis Muiña fue condenado a trece años de prisión por el TOF n° 2 por delitos de lesa humanidad. El cómputo de su detención y pena se realizó conforme al artículo 7° de la ley 24.390, que estipulaba un cómputo más favorable para quienes cumplían prisión preventiva.

Normativa invocada:

  • Artículos 2° y 3° del Código Penal, artículo 7° de la ley 24.390, Convención Americana sobre Derechos Humanos, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
  • Fundamentos: La defensa de Muiña argumentó que el artículo 2° del Código Penal, que establece la aplicación de la ley más benigna, debía aplicarse en su caso, aunque los delitos fueran de lesa humanidad.

Opinión del Procurador:

El Ministerio Público Fiscal sostuvo que la ley 24.390 no debía aplicarse retroactivamente a delitos de lesa humanidad, ya que esta ley no implicaba un cambio en la valoración de la conducta delictiva, sino que era un mecanismo temporal para reducir los plazos de prisión preventiva.

Opinión de la Corte:

La Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina resolvió que el artículo 2° del Código Penal, que establece la aplicación de la ley penal más benigna, es aplicable a todos los delitos, incluidos los de carácter permanente como los de lesa humanidad. La Corte destacó que la ley 24.390 implicaba un cambio de valoración respecto a la duración de la prisión preventiva y debía aplicarse en el caso de Muiña.

Resolución:

La Corte decidió que el cómputo de la detención y la pena de Luis Muiña debía realizarse conforme al artículo 7° de la ley 24.390, aplicando la ley más benigna.

Jurisprudencia mencionada:

Caso "Arce" (Fallos: 331:472): La Corte reconoció la aplicabilidad del principio de la ley penal más benigna a las reglas sobre el cómputo de la prisión preventiva.

Caso "Cristalux" y disidencia del juez Petracchi en "Ayerza": La Corte reafirmó la aplicación universal del principio de la ley penal más benigna.

Pregunta sobre el fallo:

¿Cómo afecta la aplicación retroactiva de la ley penal más benigna a los condenados por delitos de lesa humanidad?

Respuesta: La aplicación retroactiva de la ley penal más benigna permite que los condenados por delitos de lesa humanidad, como en el caso de Luis Muiña, puedan beneficiarse de leyes que estipulan condiciones más favorables, como la reducción de la pena por tiempo de prisión preventiva. 

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Texto completo del fallo


Resumen fallo Batalla

Hidalgo Garzón, Carlos del Señor y otros s/ inf. art. 144 bis

(Ley penal más benigna en delitos de lesa humanidad)

Introducción

El caso en cuestión aborda crímenes de lesa humanidad cometidos durante la dictadura militar en Argentina, específicamente en el Centro Clandestino de Detención "La Cacha". La decisión judicial se centra en la condena de Rufino Batalla por su participación en estos crímenes y en la aplicación del artículo 7° de la ley 24.390 para el cómputo del tiempo de prisión preventiva.

Resumen de fallos. 2x1


Fechas, hechos, actores:

  • Fecha del fallo: 4 de diciembre de 2014.
  • Hechos: Rufino Batalla fue condenado a trece años de prisión por su complicidad en la privación ilegítima de la libertad y otros crímenes cometidos durante la dictadura.
  • Actores: Tribunal Oral en lo Criminal Federal n°1 de La Plata; Rufino Batalla (condenado); víctimas mencionadas en el fallo. Carlos del Señor Hidalgo Garzón y otros.

Normativa invocada y fundamentos:

  • Defensa de Batalla: Solicitó la aplicación del artículo 7° de la ley 24.390, que permitía un cómputo más favorable del tiempo en prisión preventiva.
  • Fundamentos de la defensa: Alegó afectación del principio de legalidad y aplicación de la ley penal más benigna, citando los artículos 2°, 3° y 4° del Código Penal, el artículo 18 de la Constitución Nacional, el artículo 9° de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el artículo 15.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
  • Tribunal Oral: Rechazó la pretensión de la defensa, indicando que la normativa invocada no era aplicable a delitos de lesa humanidad.

Opinión de la corte:

Confirmó la posición del Tribunal Oral, aludiendo a la doctrina de que las sentencias deben atender a las circunstancias existentes al tiempo de su dictado.

Detalles de la resolución de la corte:

La Corte Suprema de Justicia, al tener en cuenta la ley 27.362, determinó que el artículo 7° de la ley 24.390 no es aplicable a delitos de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra. Por lo tanto, rechazó la solicitud de la defensa de Rufino Batalla para aplicar dicho artículo en el cómputo de su prisión preventiva.

Importancia de la decisión:

Este fallo refuerza la postura de que los beneficios penales más benignos no se aplican a delitos de lesa humanidad, subrayando la gravedad de estos crímenes y la necesidad de una respuesta judicial adecuada y coherente con los principios internacionales de derechos humanos.

Pregunta sobre el tema central del fallo:

¿Por qué la ley 27.362 excluye la aplicación del artículo 7° de la ley 24.390 a delitos de lesa humanidad?

Respuesta: La ley 27.362 excluye la aplicación del artículo 7° de la ley 24.390 a delitos de lesa humanidad para garantizar que estos crímenes, que son de una gravedad excepcional y afectan a la humanidad en su conjunto, reciban una sanción acorde con su naturaleza. Esta exclusión busca evitar beneficios penales que puedan resultar en penas más leves para actos que constituyen violaciones graves de los derechos humanos y que deben ser tratados con la máxima severidad conforme al derecho internacional.

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Texto completo del fallo

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