xmlns:macro='http://www.google.com/2005/gml/macro' RESUMEN DE FALLOS: Impuesto a las ganancias

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Resumen fallo Hermitage

Hermitage S.A. c/ Poder Ejecutivo Nacional

El caso "Hermitage S.A. c/ Poder Ejecutivo Nacional" se centra en la constitucionalidad del impuesto a la ganancia mínima presunta establecido por la Ley 25.063 en Argentina. El 15 de junio de 2010, la Corte Suprema de Justicia de la Nación argentina declaró la inconstitucionalidad de este impuesto respecto a la empresa Hermitage S.A., considerando que el tributo se basaba en una presunción de renta sin tener en cuenta los pasivos, lo que resultaba en una desconexión entre la capacidad contributiva real y la base imponible.

Fechas y Actores:

  • Fecha del fallo: 15 de junio de 2010.
  • Actores: Hermitage S.A. (demandante) y el Poder Ejecutivo Nacional (demandado).

Hechos:

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal había declarado, por mayoría, la inconstitucionalidad del impuesto para Hermitage S.A., ya que la empresa había registrado pérdidas en los años 1995, 1996 y 1998, lo que demostraba la ausencia de capacidad contributiva.

Normativa y Fundamentos:

Demandante (Hermitage S.A.): Argumentó que el impuesto era inconstitucional porque gravaba activos sin considerar pasivos, presumiendo una capacidad contributiva inexistente.

Demandado (Estado Nacional): Defendió la validez del impuesto como un estímulo para el pago del impuesto a las ganancias y asegurar ingresos mínimos para el Estado.

Opinión del Procurador General:

El Procurador General opinó que el impuesto no era irrazonable bajo la presunción de que los activos podrían generar una renta mínima.

Decisión de la Corte:

La Corte Suprema concluyó que el impuesto no respetaba el principio de razonabilidad, al basarse en una presunción absoluta sin permitir prueba en contrario. Por lo tanto, declaró inconstitucional el impuesto en el caso específico de Hermitage S.A.

Disidencias:

Las juezas Highton de Nolasco y Argibay disintieron, argumentando que la propiedad de activos sí representaba una manifestación de capacidad económica sujeta a tributación, siempre que no se demostrara confiscatoriedad.

Jurisprudencia Similar:

La Corte indicó que habían utilizado presunciones en otros casos, pero justificadas por circunstancias excepcionales que no se aplicaban aquí.

Importancia del Fallo:

Este fallo es relevante porque establece límites al uso de presunciones fiscales que no consideran la realidad económica de los contribuyentes, reforzando el principio de capacidad contributiva.

Pregunta sobre el tema:

¿Por qué la Corte consideró que el impuesto era inconstitucional específicamente en el caso de Hermitage S.A.?

La Corte consideró que el impuesto era inconstitucional para Hermitage S.A. porque gravaba una capacidad contributiva inexistente, demostrada por las pérdidas registradas por la empresa, y no permitió al contribuyente demostrar la falta de la ganancia mínima presumida.

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