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ROE V. WADE

RESUMEN DEL FALLO ROE V. WADE

HECHOS

Jane Roe (nombre de fantasia utilizado en los documentos judiciales para proteger la identidad de la demandante) presentó una demanda contra Henry Wade, el fiscal de distrito del condado de Dallas, Texas, donde ella residía, impugnando una ley de Texas que declaraba ilegal el aborto excepto por autorización médica. órdenes para salvar la vida de una mujer. En su demanda, Roe alegó que las leyes estatales eran inconstitucionalmente vagas y restringían su derecho a la privacidad personal, protegido por las Enmiendas Primera, Cuarta, Quinta, Novena y Decimocuarta.

Jane Roe alegó que no estaba casada y estaba embarazada; que deseaba interrumpir su embarazo mediante un aborto "realizado por un médico autorizado y competente, en condiciones clínicas seguras"; que no pudo obtener un aborto "legal" en Texas porque su vida no parecía estar amenazada por la continuación de su embarazo; y que no podía permitirse el lujo de viajar a otra jurisdicción para obtener un aborto legal en condiciones seguras. Afirmó que los estatutos de Texas eran inconstitucionalmente vagos y que restringían su derecho a la privacidad personal, protegido por las Enmiendas Primera, Cuarta, Quinta, Novena y Decimocuarta. 

Mediante una enmienda a su demanda, Roe pretendía demandar "en nombre de ella y de todas las demás mujeres" en situaciones similares.

PREGUNTA

¿Reconoce la Constitución de EEUU el derecho de la mujer a interrumpir su embarazo mediante el aborto?


CONCLUSION

En la Cláusula del Debido Proceso de la Decimocuarta Enmienda hay un “derecho a la privacidad” fundamental que protege la elección de una mujer embarazada de hacerse un aborto. Sin embargo, este derecho se equilibra con los intereses del gobierno de proteger la salud de las mujeres y proteger “la potencialidad de la vida humana”. La ley de Texas impugnada en este caso violó este derecho.

El juez Harry Blackmun emitió la opinión de la mayoría de 7-2 de la Corte.

Primero, la Corte consideró si el caso era discutible y concluyó que no lo era. Cuando el tema del litigio es "capaz de repetirse pero evadiendo la revisión", no es necesario descartar un caso como discutible. El embarazo es una "justificación clásica para una conclusión de indiscutibilidad".

La Cláusula del Debido Proceso de la Decimocuarta Enmienda protege contra la acción estatal el derecho a la privacidad, y el derecho de una mujer a optar por un aborto cae dentro de ese derecho a la privacidad. Una ley estatal que prohíbe ampliamente el aborto sin tener en cuenta la etapa del embarazo u otros intereses viola ese derecho. Si bien el Estado tiene intereses legítimos en proteger la salud de las mujeres embarazadas y la “potencialidad de la vida humana”, el peso relativo de cada uno de estos intereses varía a lo largo del embarazo, y la ley debe dar cuenta de esta variabilidad.

En el primer trimestre del embarazo, el Estado no podrá regular la decisión de aborto; solo la mujer embarazada y su médico tratante pueden tomar esa decisión. 

En el segundo trimestre, el estado puede imponer regulaciones sobre el aborto que estén razonablemente relacionadas con la salud materna. 

En el tercer trimestre, una vez que el feto alcanza el punto de “viabilidad”, un estado puede regular los abortos o prohibirlos por completo, siempre que las leyes contengan excepciones para los casos en que el aborto sea necesario para salvar la vida o la salud de la madre.

(Màs detalles del caso AQUÌ)

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