xmlns:macro='http://www.google.com/2005/gml/macro' RESUMEN DE FALLOS: Estabilidad el empleado público

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Resumen fallo Madorrán

Madorrán, Marta Cristina c/ Administración Nacional de Aduanas s/ reincorporación

Introducción

El caso "Madorrán, Marta Cristina c/ Administración Nacional de Aduanas s/ reincorporación" se centra en la estabilidad del empleo público conforme al artículo 14 bis de la Constitución Nacional Argentina. Marta Madorrán, una empleada pública, fue despedida por la Administración Nacional de Aduanas. La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró nulo su despido y el artículo 7 del convenio colectivo 56/92 "E", al considerarlos inconstitucionales. Este artículo permitía únicamente una indemnización por despido injustificado, contraviniendo así la estabilidad absoluta garantizada por la Constitución.

Fechas y Hechos:

  • Fecha del fallo: 3 de mayo de 2007.
  • Actora: Marta Cristina Madorrán.
  • Demandada: Administración Nacional de Aduanas.
  • Hechos relevantes: Marta Madorrán ingresó a trabajar para la Administración Nacional de Aduanas en abril de 1970 y fue despedida en noviembre de 1996, alegando incumplimiento de deberes. El caso se centra en la nulidad de su despido y la aplicación del artículo 7 del convenio colectivo 56/92 "E", que solo otorgaba indemnización por despidos injustificados, contrariando la estabilidad laboral garantizada por la Constitución.

Normativa Invocada:

  • Constitución Nacional Argentina, artículo 14 bis: Establece la estabilidad del empleo público, protegiendo a los empleados contra despidos arbitrarios.
  • Convenio Colectivo 56/92 "E" y Laudo 16/92: Este convenio fue declarado nulo e inconstitucional en la parte que permitía la indemnización en lugar de la reincorporación.

Opinión del Procurador General:

El Procurador General había señalado que el recurso extraordinario interpuesto por la demandada no era admisible en cuanto a los argumentos sobre la conducta de la actora, pero sí procedía en lo referente a la cuestión de constitucionalidad.

Opinión de la Corte:

La Corte Suprema de Justicia de Argentina reafirmó la estabilidad laboral absoluta de los empleados públicos, tal como lo garantiza el artículo 14 bis de la Constitución Nacional. 

La estabilidad laboral absoluta, según el artículo 14 bis de la Constitución Nacional Argentina, se refiere a la protección que tienen los empleados públicos contra el despido arbitrario. Esta disposición constitucional asegura que los empleados públicos no pueden ser cesados de sus cargos sin una causa justificada y razonable, y sin un debido proceso administrativo.

La estabilidad laboral absoluta implica que, en caso de un despido que no cumpla con estos requisitos, el empleado tiene derecho a ser reincorporado a su puesto de trabajo. Esto se diferencia de la estabilidad relativa, que es más común en el ámbito privado, donde el despido sin causa puede ser resuelto mediante una compensación económica o indemnización.

El fallo sostiene que los empleados públicos no pueden ser despedidos sin causa justificada y debido proceso, y que cualquier normativa que intente sustituir este derecho por una indemnización es inconstitucional. La Corte destacó que la estabilidad laboral es un derecho operativo y no necesita de una reglamentación adicional para ser efectivo. Además, se refirió al marco del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, subrayando que el derecho al trabajo implica no ser arbitrariamente privado del empleo.

Resolución de la Corte:

La Corte ordenó la reincorporación de Marta Madorrán a su puesto de trabajo, declarando nulo su despido y la aplicación del artículo del convenio colectivo que lo permitía.

Jurisprudencia Similar:

El fallo cita casos previos de la Corte, como "Aquino" y "Milone", en los que se discutieron derechos laborales.

Importancia de la Decisión:

Este fallo es crucial porque reafirma la protección constitucional de la estabilidad laboral absoluta para empleados públicos en Argentina, garantizando que no se pueden sustituir estos derechos por indemnizaciones, y reafirmando la necesidad de un debido proceso en los despidos.



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