Mostrando entradas con la etiqueta Desplazados. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Desplazados. Mostrar todas las entradas

PERSONAS DESPLAZADAS

PERSONAS EN SITUACIÓN DE DESPLAZAMIENTO.

CUADERNILLO Nº 3 DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS. 

Contiene la versión actualizada al año 2020  que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) realiza con el objeto de dar a conocer sus principales líneas jurisprudenciales respecto de diversos temas de relevancia e interés regional.

Aborda el tema  de las personas desplazadas en la jurisprudencia interamericana, donde se han extractado los párrafos más relevantes de los casos contenciosos, opiniones consultivas y medidas provisionales en los cuales la Corte ha tratado esta temática, con especial énfasis en sus pronunciamientos en torno al contenido y alcance de los derechos, las obligaciones del Estado y las restricciones a los derechos.

En una primera parte, se exponen las resoluciones donde la Corte IDH ha abordado aspectos generales relacionados con la situación de las personas desplazadas, a saber, se caracteriza al desplazamiento como una violación continua y múltiple de derechos humanos, resaltan la situación de vulnerabilidad en que se encuentran las personas desplazadas y se señalan las obligaciones del Estado para garantizar el retorno de la población. 

En una segunda parte, se desarrolla de manera particular, la forma en que la Corte Interamericana -a partir del análisis de las circunstancias en que ejercen sus derechos las personas desplazadas- ha declarado violados diversos derechos de la Convención Americana, como el derecho a la integridad personal (artículo 5), Derecho a la asociación (artículo 16 CADH),  derecho de protección de la familia (artículo 17), vida privada y propiedad (artículos 11 y 21), y libertad de circulación (artículo 22). Asimismo, se da cuenta de la manera en que la Corte ha abordado el tema respecto de ciertos titulares de derechos, como son los pueblos indígenas, mujeres y niños y niñas.

Finalmente, se exponen algunas medidas de reparación que ha dispuesto la Corte IDH en estos casos.


ÍNDICE

1. ASPECTOS GENERALES 

Concepto de desplazamiento.
 
El desplazamiento forzado como violación continua a los derechos humanos.
 
El desplazamiento forzado como violación múltiple a los derechos humanos.
 
Situación de vulnerabilidad acentuada en que se encuentran las personas desplazadas y obligaciones del Estado.
 
Dificultad en la identificación de las víctimas en los casos de desplazamiento forzado y la necesidad de considerar las particularidades del caso.

Obligación del Estado de garantizar el retorno de las personas desplazadas y la participación de los y las afectadas en la gestión de dicho retorno. 


2. CONSIDERACIONES PARTICULARES SOBRE DERECHOS VIOLADOS Y TITULARES AFECTADOS 


Derechos violados.
 
Desplazamiento como violación al derecho a la integridad personal (art. 5 CADH). 

Violación del derecho de asociación (art. 16 CADH).

Violación del derecho a la protección de la familia y a la no intervención ilegítima del Estado (art. 17 CADH).
 
Especial gravedad de la violación al derecho a la vida privada (art. 11 CADH) y/o a la propiedad (art. 21 CADH).
 
El desplazamiento como una forma de violación del artículo 22 de la CADH bajo hipótesis de afectación directa (desplazamiento) y de facto (no generar condiciones para retorno). 

Desplazamiento como violación directa del artículo 22 de la CADH.
 
Desplazamiento como violación de facto del artículo 22 de la CADH al no generar condiciones para el retorno  Titulares afectados.
 
Situación de vulnerabilidad acentuada de mujeres, niños, niñas y personas de la tercera edad.

Situación de vulnerabilidad agravada cuando los desplazados son pueblos indígenas. 

3. MEDIDAS DE REPARACIÓN DICTADAS EN CONTEXTOS DE POBLACIÓN DESPLAZADA.


Presunción del daño material.
 
Alteración a las condiciones de existencia como criterio para ordenar la reparación del daño inmaterial.

Programas de vivienda.
 
Programas de salud.
 
Restitución de tierras a comunidades indígenas desplazadas.
 
Medidas de seguridad para el retorno.

Medidas de reparación masiva y su individualización ante la Corte.
 
Medidas de reparación interna.

Perfeccionar y reforzar la lucha contra la discriminación racial y étnica.


Entrada destacada

Standard Oil Company de Nueva Jersey c/ Estados Unidos (1911)

CASO STANDARD OIL  ANTECEDENTES El caso Standard Oil Company de Nueva Jersey contra Estados Unidos, también conocido como el caso Standard O...

Entradas populares